Boletín 14767-03 · en_tramitacion
Modifica la ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual, con el objeto de regular las medidas tecnológicas de protección
Ingreso
22 de diciembre de 2021
Cámara de origen
Sin cámara informada
Iniciativa
mocion
Relación normativa
Del proyecto a la ley vigente
Todavía no consta una ley enlazada en Lex. Esta indicación se actualiza cuando existe un número oficial y Lex confirma la norma.
Autoría
- La fuente no publicó autorías conciliadas.
Materias
Sin materias publicadas.
Tramitación
- Paso 1Ingreso de proyecto .22 de diciembre de 2021
- Paso 1Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protecc3 de enero de 2022
- Paso 1Cuenta del Mensaje 419-369 que hace presente la urgencia Suma3 de enero de 2022
- Paso 1Cuenta del Mensaje 463-369 que retira y hace presente la urgencia Suma17 de enero de 2022
- Paso 1Cuenta del Mensaje 37-374 que hace presente la urgencia Simple13 de abril de 2026
- Paso 1Cuenta del Mensaje 85-374 que hace presente la urgencia Simple11 de mayo de 2026
- Paso 1S.E. el Presidente de la República formula indicaciones al proyecto. (056-374). Incluye informe fina29 de mayo de 2026
- Paso 1Cuenta del Mensaje 130-374 que hace presente la urgencia Simple8 de junio de 2026
- Paso 1Cuenta de primer informe de comisión .15 de junio de 2026
- Paso 1Primer informe de comisión de Economía, Fomento y Desarrollo.15 de junio de 2026
- Paso 1Discusión general . Queda pendiente .24 de junio de 2026
- Paso 1Cuenta del Mensaje 182-374 que retira y hace presente la urgencia Suma6 de julio de 2026
- Paso 1.7 de julio de 2026
- Paso 1Discusión general . Aprobado en general y particular a la vez .7 de julio de 2026
- Paso 1Oficio de ley a Cámara Revisora .7 de julio de 2026
- Paso 1Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Economía7 de julio de 2026
Documentos y eventos
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Versiones y cambios
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Los documentos oficiales están pendientes de extracción y versionado.
Votaciones
- 7 de julio de 2026Materia no informadaAprobado · verified
- 7 de julio de 2026Indicación de las diputadas Cucumides, Hassler y Schonhaut, para reemplazar los numerales 4) y 5) del artículo único del proyecto, por un solo numeral del siguiente tenor: “Numeral 4).- Agrégase el siguiente artículo 84 bis: “Artículo 84 bis.- Responderá por los perjuicios que causare, el que: a) Con fines comerciales o ánimo de lucro, eluda una medida tecnológica de protección que controle el acceso a una obra, interpretación o ejecución, fonograma u otro objeto protegido por derechos de autor o derechos conexos. b) Con fines de comercialización fabrique, importe, distribuya, venda o entregue a cualquier título, promocione o publicite, dispositivos o productos, o suministre servicios que hayan sido directamente diseñados, o adaptados con el fin de permitir o facilitar la elusión de cualquier medida tecnológica de protección.”Rechazado · verified
- 7 de julio de 2026Numerales 4) y 5) del artículo único del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Economía, y que constan en las páginas 13 a 18 del comparado.Aprobado · verified
- 7 de julio de 2026Indicación de las diputadas Cucumides, Hassler y Schonhaut, para agregar un nuevo numeral al artículo único del proyecto, del siguiente tenor: “Numeral x) Para incorporar un nuevo artículo 71 bis: “Artículo 71 bis.- En ningún caso las medidas tecnológicas de protección podrán impedir el ejercicio del autor ni el acceso a la obra para los fines amparados por los derechos morales del Capítulo IV del Título I de la presente ley. El titular de la medida deberá proporcionar, a solicitud fundada del interesado, mecanismos alternativos que permitan dicho acceso sin elusión de la medida.”.”Rechazado · verified
- 7 de julio de 2026Indicación de las diputadas Cucumides, Hassler y Schonhaut, para agregar una nueva disposición transitoria, del siguiente tenor: “Disposición Transitoria.- El Ministerio del Interior, en ejercicio de las facultades establecidas en el literal b) y c) del artículo 3 de la Ley 20.502 deberá, dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta ley, definir la instancia intersectorial encargada de recomendar cada tres años a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados qué categorías adicionales de obras, dispositivos o sistemas deben exceptuarse de las responsabilidades establecidas en esta ley. Deberá fundar su recomendación atendiendo el carácter estratégico para la seguridad nacional, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo tecnológico, el interés público o en la constatación de que las medidas tecnológicas de protección aplicadas sobre esos sistemas, afectan de manera significativa el ejercicio de usos no infractores o impiden la auditoría, interoperabilidad o mantenimiento necesarios para su correcto funcionamiento.”.Rechazado · verified
Cobertura de fuentes
- No hay una identidad oficial conciliada para este boletín.